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Beneficios de la marca colectiva |
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| - CRISTINA GINER MAS - Asociada del Departamento de Propiedad Industrial de Garrigues |
n los tiempos que corren de crisis económica y de mercado, muchos empresarios nacionales han optado por un recorte drástico de las cantidades económicas destinadas a las actividades promocionales de sus productos o servicios, póngase como ejemplo a la todopoderosa marca comercial ‘Coca-cola®’ que en los últimos tiempos inunda gran parte de las vallas publicitarias de nuestras ciudades y los intermedios de nuestra programación televisiva habitual.
Esta estrategia de mercado obedece a los resultados obtenidos en periodos similares de desaceleración económica en los que se constata un incremento de las ventas consecuencia directa del incremento en la inversión publicitaria, ante la necesidad de reforzar ante los ojos del público consumidor la imagen de una determinada marca comercial que distingue unos concretos productos o servicios.
Partiendo pues de la premisa de que en los actuales momentos se hace imprescindible para el empresario continuar invirtiendo sus esfuerzos en la promoción de sus productos o servicios, es necesario buscar fórmulas que le permitan presentarse de manera atractiva, rápida, y a través de una inversión moderada como referente de calidad en el mercado para su sector.
Para ello y acudiendo al refranero nacional teniendo en la mente que “la unión hace la fuerza” sería un buen punto de partida plantear la posibilidad de fomentar la presencia en el mercado de marcas colectivas que permitan a los empresarios con idénticas o similares inquietudes concentrar sus esfuerzos de inversión publicitaria a través de un signo distintivo común.
El espíritu de una marca colectiva radica en la posibilidad de que una pluralidad de productores, fabricantes, comerciantes, así como las personas jurídicas de derecho público puedan acogerse a esta modalidad de protección que tiene como finalidad potenciar las bondades de una determinada zona geográfica, presentándose al escaparate comercial bajo una imagen común.
En la Región de Murcia que goza con una importante oferta gastronómica, cultural, artesanal, de turismo termal y de ocio, se abren infinitas posibilidades para que conjuntamente las administraciones públicas y los empresarios impulsen la presencia en el mercado de las marcas colectivas.
Para iniciar los trámites de registro es imprescindible constituirse en asociación y presentar Reglamento de Uso en la que se identifican los empresarios autorizados para el uso de la marca, las condiciones de afiliación a la asociación, las condiciones de uso de la marca y los motivos por los que puede prohibirse el uso a un miembro de la asociación. Si se cumplen con estos requisitos, las Oficina Española de Patentes y Marcas concederá un monopolio en exclusiva para el uso de dicha denominación durante un periodo de diez años renovables de manera indefinida.
Otro aspecto a tener en cuenta es que la marca colectiva amplía su capacidad de distinguir en el comercio tanto productos como servicios, de manera que podrán beneficiarse no solo los productores de productos agrícolas o vitivinícolas, sectores que tradicionalmente han acudido a la protección de sus productos a través de denominaciones de origen, sino que podrán actuar conjuntamente con los empresarios de otros sectores (restauración, servicios hosteleros, servicios turísticos, artesanía, etcétera).
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